A partir del 1 de enero de 2024, entra en aplicación el marcado de clase de UAS y la identificación a distancia directa (DRI, por sus siglas en inglés Direct Remote Identification) según marca la normativa europea de UAS, en concreto, el Reglamento Delegado (UE) 2019/945.

Drones que necesitarán el Sistema de Identificación Remota (DRI):

¿Qué marcados de clase existen?:

Categoría Abierta:

El resto de UAS sin marcado de clase, con ciertas restricciones, podrán operarse en subcategoría A1 siempre que tengan un MTOM < 250 g o en A3.

Categoría Específica:

Escenarios estándar europeos: existen dos clases de UAS para escenarios operaciones estándar europeos (STS) en categoría específica, ambas con MTOM <25kg:

Obligatoriedad del DRI:

Escenarios donde se debe usar el DRI:

En Categoría específica STS-01 y STS- 02 será obligatorio y se hará con drones que cumplan con los marcado de clase y una de esos requisitos es que lleven el DRI y que nosotros como pilotos le hayamos puesto el número de operador.

En Categoría Abierta, te dejo abajo una infografía de AESA dónde te explica si es obligatorio o no, de todas formas si tienes un dron que ya lo lleva incorporado, te aconsejo que registres el operador dentro y cubrirte las espaldas.

Incorporación del número de operador

Uso del dispositivo externo

Infografía que te hablaba de los principales requisitos a partir del 1 de Enero de 2014 sobre la Categoría Abierta:

Los UAS definidos en el art. 20 del RE (UE) 2019/947, es decir, que hayan sido introducidos en el mercado antes del 1 de enero de 2024 y no sean de construcción privada ni dispongan de marcado de clase, serán considerados comodrones legacy“.

Imagen de AESA sobre la nueva normativa en Categoría Abierta